Asueto Semana Santa: Empresa privada da tres días libres

El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) emitió un comunicado clave que pone en claro cuáles son los días feriados de Semana Santa que deben respetarse y pagarse conforme a la ley en Honduras.
De acuerdo con el sector empresarial, el artículo 339 del Código del Trabajo establece de forma explícita los días que deben considerarse como feriados o fiestas nacionales, incluyendo fechas como el 1 de enero, 14 de abril, 1 de mayo, 15 de septiembre, 3, 12 y 21 de octubre, así como el 25 de diciembre.
En ese sentido, el Cohep enfatizó que durante la Semana Santa, los días jueves, viernes y sábado son oficialmente reconocidos como feriados, por lo que deben ser remunerados según lo estipulado por la legislación laboral vigente.
No obstante, el organismo aclaró que sí se puede trabajar durante estos días, siempre y cuando exista un acuerdo entre empleadores y colaboradores, y se cumpla con el pago adicional correspondiente por laborar en jornadas feriadas.
El comunicado tiene como objetivo orientar tanto a empresas como a trabajadores sobre la correcta aplicación de la normativa durante este período, evitando conflictos laborales o incumplimientos.
Finalmente, el Cohep reiteró que respetar el Código del Trabajo es fundamental, ya que regula los derechos y obligaciones dentro de las relaciones laborales en el país, especialmente en fechas de alta actividad como la Semana Santa.










